Euro por receta

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El TC declara inconstitucional el Euro por receta de Cataluña y constitucional su tasa judicial

06 de mayo de 2014 Noticias Euro por receta

Al ser la financiación de la sanidad una competencia básica del Estado, no cabe “el establecimiento de una tasa como la controvertida, que altera, haciéndolo más gravoso para los beneficiarios, el régimen de participación en el coste previsto” por la ley y que hace más gravosa para los ciudadanos de Cataluña la adquisición de medicamentos con receta. En cuanto a la tasa judicial, el TC establece que si bien corresponde al Estado la competencia exclusiva sobre la Administración de Justicia (entendiendo como tal el ejercicio de la jurisdicción, juzgar y hacer ejecutar lo juzgado), el TC admite que “existe un conjunto de medios personales y materiales” que están “al servicio” de la Administración de Justicia, pero “no estrictamente integrados” en ella, sobre los que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias. Y sobre esta base es posible la imposición de tasas autonómicas sobre dicha “administración de la Administración de Justicia”, cuyo hecho imponible es distinto del de la estatal.

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